USO DE HUMEDALES ARTIFICIALES PARA DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES EN PEQUEÑAS POBLACIONES.
Las actividades humanas general
inevitablemente aguas residuales que contaminan nuestros ríos. En las aguas
residuales urbanas estarán siempre presentes las aguas residuales domésticas y
dependiendo del grado de industrialización, podemos encontrar aguas
industriales y agroganaderas, así como aguas de escorrentía pluvial.
Estas aguas residuales presentan
una serie de contaminantes como pueden ser aceites y grasas, plásticos,
detergentes y tensioactivos, sales, arenas…
Para medir la contaminación de
las aguas residuales de una población se utiliza el concepto
habitante-equivalente (h-e) y hace referencia no sólo a los habitantes sino también
a la industria, ganadería, etc del municipio.
El vertido de las aguas con estos
contaminantes causa importantes efectos negativos:
• Aparición de fangos y
flotantes, lo que puede provocar impacto visual, malos olores y degradación de
los lechos de los ríos.
• Disminución del contenido de oxígeno de las
aguas por degradación de la materia orgánica, perjudicando a la flora y la
fauna propia de los ecosistemas acuáticos.
• Aporte excesivo de nutrientes,
principalmente nitrógeno y fósforo, que provocan crecimiento excesivo de algas
y otras plantas (eutrofización).
• Fomento de la propagación de
organismos patógenos, que pueden causar daños a la salud al transmitir
enfermedades.
• Dificulta la posterior
aplicación del agua para otros usos, comprometiendo el uso racional y sostenible
de un recurso limitado. (Ver MAGRAMA: Reutilización de aguas depuradas)
¿Qué normativa nos obliga a depurar las aguas residuales?
España, como estado miembro de la
Unión Europea, está obligada a cumplir la normativa comunitaria. La Directiva
91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, que estableció los requerimientos
mínimos para la recogida, el tratamiento y el vertido de las aguas residuales
urbanas.
Esta Directiva fue traspuesta al
ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto
509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995,
de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al
tratamiento de las aguas residuales urbanas.
Según esta normativa, ya
en el año 2006 deberían haberse conseguido unos niveles adecuados de
depuración, un objetivo aún pendiente.
Esto hace que la calidad de las
aguas no sea la adecuada, comprometiendo también la obligación de los Estados
de conseguir el buen estado ecológico de sus aguas para 2015 establecido en la
Directiva Marco del Agua.
La depuración en los medios
rurales y pequeños municipios viene condicionada por una serie de
circunstancias como la irregularidad de los vertidos en caudal y carga
contaminante y la limitación de recursos económicos, humanos y técnicos para la
explotación y el mantenimiento, lo que hace aconsejable buscar métodos alternativos a los sistemas de depuración convencionales.
Las tecnologías empleadas en los
sistemas de depuración en pequeños núcleos de población deben cumplir los
siguientes requisitos:
• Adecuadas a los recursos
técnicos y económicos Tecnologías que requieran un mantenimiento sencillo.
Costes mínimos de implantación y explotación, prescindiendo en lo posible de
consumo energético, elementos electromecánicos y reactivos químicos.
Simplicidad en la gestión de lodos generados en la depuración.
• Sistemas robustos Los sistemas
de tratamiento deben ser robustos, capaces de autorregularse de forma eficaz en
un amplio rango de caudal y carga para obtener un efluente con una calidad
suficiente.
• Integración ambiental Las
instalaciones deben adecuarse al entorno con la mayor integración ambiental
posible, buscando incluso proporcionar un valor añadido de carácter educativo,
turístico o recreativo.
Las tecnologías no convencionales
incluyen procesos aplicados en los tratamientos convencionales, como sedimentación,
filtración, precipitación química, intercambio iónico, degradación biológica,
etc. Y además procesos propios de los tratamientos naturales: Fotosíntesis,
fotooxidación, asimilación por parte de las plantas, etc.
Para los pequeños municipios, el
reto reside en implantar tecnologías de depuración que adaptándose a las
peculiaridades y condicionantes de cada núcleo, permitan obtener un efluente de
la calidad deseada acorde con los objetivos ambientales de medio receptor.
Los humedales artificiales son sistemas de depuración en los que se reproducen los procesos de eliminación de contaminantes que tienen lugar en las zonas húmedas naturales.
Los humedales cuentan con dos
elementos principales:
• Sustrato filtrante: el agua circula a través del sustrato filtrante
y/o de la vegetación. El sustrato sirve como soporte de la vegetación y permite
la fijación de la población microbiana (en forma de biopelícula) encargada de
la mayoría de los procesos de eliminación de contaminantes.
• Vegetación: las plantas emergentes acuáticas (macrófitos)
proporcionan superficie también para la formación de películas bacterianas,
facilitan los procesos de filtración y adsorción (fijación de partículas) de
constituyentes del agua residual y contribuyen fundamentalmente a la
oxigenación del sustrato. También favorecen la eliminación de nutrientes y
controlan el crecimiento de algas al limitar la penetración de luz solar.
Los humedales artificiales pueden
clasificarse en 2 tipos en función del modelo de circulación del agua y de la
disposición de la vegetación:
ü
De FLUJO SUPERFICIAL (HAFS): en estos humedales
el agua circula por la superficie a través de tallos, raíces y hojas caídas,
donde se desarrolla la película bacteriana encargada de la eliminación de
contaminantes. Son instalaciones de varias hectáreas, constituidas por balsas o
canales con vegetación emergente y con un nivel de agua poco profundo. La
entrada de agua residual es continua (o intermitente si precisa bombeo). Se
emplean principalmente como tratamiento de afino, recibiendo efluentes de un
tratamiento secundario anterior.
ü
De FLUJO SUBSUPERFICIAL (HAFSS): en estos
humedales el agua discurre a través del sustrato de forma subterránea por los
espacios intersticiales del lecho filtrante y en contacto con los rizomas y
raíces de la vegetación del humedal. La entrada de agua se realiza de forma
intermitente mediante bombeo o sifones de descarga controlada. La aireación del
humedal se produce fundamentalmente por la corriente de aire ascendente que se
crea al circular en sentido descendente el agua.
Estos dos tipos de humedales, o
la combinación de ambos, se emplean fundamentalmente como tratamiento
secundario, estando precedidos por un tratamiento primario que elimine la mayor
cantidad de sólidos sedimentables y otras sustancias que puedan provocar problemas
de atasques o colmatación del lecho.
Estos sistemas:
ü
Tienen muy buena integración en el entorno.
ü
Permiten la creación y restauración de zonas
húmedas con elevado valor ambiental.
ü
Bajos costes de instalación y explotación.
Fuentes:
- Guía
Práctica para la depuración de aguas residuales en pequeñas poblaciones. Confederación
Hidrográfica del Duero (CHD). MAGRAMA.
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